El pasado 21 de noviembre comenzaron, en casi todos los territorios del Estado, procesos de estabilización por concurso de méritos para el personal interino docente
Enrike García Francés
En junio de 2021, el mecanismo que regía el régimen de interinidad en la administración pública saltaba por los aires. Una sentencia del Tribunal de Justicia Europeo fallaba contra la norma española que permitía la renovación continua de contratos temporales en el sector público. Días después, Europa sentenciaba un recurso de los sindicatos SUSH y CGT; en este caso respondía a la doctrina del Tribunal Supremo afirmando que son contrarias a la directiva europea normas que prohíban la fijeza ante la falta de medidas en la normativa para el sector público. A partir de estas sentencias todo se precipita.
El Gobierno español se ve obligado a acatar las normas europeas sobre abuso de temporalidad. Empiezan negociaciones que fructifican en el llamado Icetazo; el acuerdo firmado por el ministro Miquel Iceta con los sindicatos CCOO, UGT y CSIF. Este acuerdo no recoge las recomendaciones del Tribunal Europeo y se limita a recoger la posibilidad de indemnización por cese, además de favorecer ofertas de empleo público masivas para tratar de reducir la tasa de interinidad al 8%. Nada nuevo, supone repetir procesos extraordinarios que no sirvieron para rebajar la tasa de interinidad.
El Icetazo levantó un amplio rechazo entre sindicatos, plataformas y personal docente interino en general. Manifestaciones y huelgas salpicaron todos los territorios del Estado, llegando a convocarse en octubre de 2021 una huelga estatal para mostrar el rechazo al acuerdo firmado por CCOO, CSIF y UGT. En Aragón, CGT secundó la huelga y las concentraciones en la sede del PSOE.
El Icetazo fue enmendado en el Congreso de Madrid por la presión de Unidas Podemos y ERC, aunque el Real Decreto resultante tampoco satisfizo a CGT ni a la mayoría del personal docente interino, ya que conllevaba dos procesos de estabilización. Uno por concurso de méritos y otro por concurso-oposición. Ninguno de los dos procesos recogía la “fijeza” de las personas en abuso de temporalidad. En otras palabras, se estabilizan plazas y no personas.
Son dos procesos polémicos, abiertos a todo el mundo, también a aquellas personas con una plaza en propiedad y a aquellas que ni tan siquiera son interinas: ¿Dónde está la estabilización del personal docente que ya están trabajando? Sin duda, la mayor controversia se da en el proceso de estabilización por concurso de méritos. Un concurso al que puede presentarse cualquier persona que no haya trabajado nunca en el sector, reconoce la experiencia docente en los centros concertados y al profesorado de religión, solo tiene en cuenta un máximo de experiencia docente de 10 años y limita la puntuación por haber aprobado oposiciones a las posteriores a 2012. Este último requisito ha dado pie a nuestros servicios jurídicos a recurrir ante la Audiencia Nacional por entender que vulnera la libre concurrencia y la igualdad de oportunidades y méritos.
Estos procesos han supuesto recursos jurídicos en todos los territorios y en todas las instancias. Hay sindicatos, bufetes de abogados y plataformas que han optado por demandas individuales. CGT ha optado por demandas como organización para tratar de paralizar estos procesos. Solo hace unos días, CGT ponía en marcha el canal de denuncias externo de la Directiva 2019/1937, para la protección a los denunciantes del Derecho de la Unión. Es el único buzón de denuncias registrado ante las autoridades europeas por una organización sindical del Estado español.
Mientras la Justicia sigue a ese ritmo inaceptable al que nos tiene acostumbrado, el primer proceso de estabilización, el de méritos, ha iniciado ya su proceso.
En Aragón, la Consejería de Educación ha ofertado 321 plazas en el concurso de méritos; un número de plazas irrisorio, sin ofertar en Infantil y Primaria. El proceso no fue negociado con las organizaciones sindicales en ningún término. CGT solo consiguió “arañar” cuatro plazas de la especialidad de alemán para el cuerpo de Primaria. Somos conscientes de que hay muchas más plazas de las ofertadas, pero la negativa de la Administración a dar los centros a los que corresponden las plazas ofertadas y los datos de movilidad del personal docente nos impiden contrastar y refutar los datos.
Es difícil explicar a los y las docentes interinas, por un lado, el sentido de unos procesos que consideramos arbitrarios ya que no parecen responder a las directrices europeas. Y, por otro lado, la falta de unidad sindical en un asunto que debería ser claro: la estabilización de personal interino por medio de la fijeza, tal y como recomienda y sanciona la normativa europea. Así, sindicatos como CCOO, CSIF, UGT y ANPE, han apostado por el Icetazo, mientras otros, como CGT, y diversas plataformas de personal interino defienden la estabilidad y fijeza del personal interino en abuso de temporalidad.
El proceso puesto en marcha por el Gobierno es un despropósito sin ningún tipo de garantía legal. ¿Qué ocurrirá si alguna de las demandas en proceso da la razón a la parte demandante? ¿Qué pasará si el Tribunal de Justicia Europeo, en respuesta a las “prejudiciales” que se han elevado, sanciona que el RD de estabilización no se ajusta a sus sentencias?
Las sentencias europeas eran una oportunidad única para solucionar un problema que está ahí; el de los y las interinas que están en abuso de temporalidad. Ese personal que lleva años y años realizando trabajos en régimen de interinidad en la misma plaza, incluso habiendo aprobado las oposiciones en repetidas ocasiones. ¿Qué va a pasar con este personal finalizados los procesos que fijan plazas, no personas?
Fuente: AraInfo